- unipersonales - director, jefe de estudios y secretario (equipo directivo)
- colegiados - consejo escolar y el claustro de profesores
- de coordinación:
- equipo de ciclo, coordinación pedagógica, tutor (en educación infantil y primaria)
- coordinación pedagógica, equipo educativo, departamentos de orientación, de actividades complementarias y extraescolares y didácticos (en educación secundaria y bachillerato)
- de representación:
- AMPA - asociación de madres y padres de alumnos
- de alumnos
Dentro del equipo directivo el director va a tener una función mucho más de "manager" (gerente creo que es en español), imagino que es por esto que en la LOMCE se quiere dar este cargo a alguien completamente ajeno al centro, pero sigo sin estar de acuerdo, creo que el director tiene que ser un profesor del centro, aunque no tenga carga lectiva mientras que esté en el cargo de director, pero para ser un buen manager tienes que saber de qué estás hablando de primera mano, y no simplemente hablar desde lo que parece lo más lógico o lo que "cuadra" mejor. El jefe de estudios va a tener un papel de coordinación en general desde los horarios a las actividades complementarias y a los distintos equipos de coordinación que hay en el centro. El secretario va a tener una función principalmente administrativa y económica.
El claustro de profesores se encarga de aspectos educativos del centro, va a hacer sugerencias para la PGA y el PEC además de aprobar la concreción del currículo y fijar los criterios de tutoría, orientación, evaluación y recuperación. El consejo escolar va a hacer propuestas sobre el plan anual del centro, aprobar el RRI, el presupuesto y analiza el funcionamiento del centro. En centros privados y concertados participa en la elección del profesorado.
Dentro de los órganos de coordinación encontramos los de educación infantil y primaria en el cual podemos ir de la función más amplia y menos definida, como la del equipo de ciclo, que se encarga de aspectos generales como dar propuestas, asesorar u organizar y diseñar. A un nivel más concreto está la comisión pedagógica que tiene una función algo menos general y más específica, podríamos decir que es como el "policía" de la educación infantil y primaria ya que vela por el cumplimiento y coherencia del PEC y PGA y revisa los proyectos curriculares, así como propone el plan de formación de profesores, organiza la orientación y el plan de acción tutorial. El tutor va a tener la función más especifica coordinando a especialistas y profes de apoyo, imparte docencia y programa el currículo, informa las familias, etc. es decir todo lo relacionado con el funcionamiento de la clase.
En educación secundaria y bachillerato ocurre algo similar, pero en lugar de llegar al tutor se llegará a los departamentos.
La comisión pedagógica tiene la misma función que en infantil y primaria. El equipo educativo elabora el PEC, el RRI y la PGA, teniendo en cuenta las propuestas del consejo escolar y claustro, vela por el funcionamiento del centro, gestiona los recursos humanos y materiales, propone actuaciones para favorecer las relaciones, impulsa y fomenta la participación en proyectos educativos, potencia la colaboración con familias y entorno, propone procedimientos de evaluación de distintas actividades y elabora la memoria final del curso. Es decir que prácticamente se ocupa de todo lo que sucede en el día a día del centro escolar en secundaria. Los departamentos cambiaran la función según sean de orientación se encarga de todo aquello que esté relacionado con la orientación, apoyo y propuestas de temas relacionados con la psicopedagogía dentro del centro. El departamento de de actividades complementarias y extraescolares se encargará de gestionar todo lo relativo a las actividades extraescolares y complementarias desde su programación, coordinación, organización, etc. de las mismas. Los departamentos didácticos gestionan toda la parte didáctica referente a las áreas o materias del departamento es decir elabora los aspectos docentes propios de ese departamento dentro de la PGA, la programación didáctica, promueve la investigación, evalúa la práctica docente, distribuye los recursos económicos, etc.
Dentro de los órganos de representación encontramos el AMPA (Asociación de Madres y Padres de Alumnos) que va a colaborar con las funciones educativas del centro, va a mediar en los problemas que pueden surgir, apoya y fomenta actividades culturales, cela porque la enseñanza sea de calidad y promueve la participación de las familias. También está la Asociación de Alumnos que es la voz de los alumnos en opinión, va a colaborar en la labor educativa del centro, realiza actividades culturales, facilita el ejercicio de los derechos de los alumnos y representa al alumnado en los Consejos Escolares y en la elaboración del PGA. Cuando yo estudiaba no había asociación de alumnos y los alumnos integrantes del Consejo Escolar éramos elegidos de entre todos los alumnos del centro, teniendo que elaborar una “campaña electoral” donde presentábamos un programa de lo que pedíamos y queríamos desarrollar durante el periodo en el que estuviésemos en el Consejo Escolar para ser elegidos.
Todos estos órganos encajan perfectamente y permiten el funcionamiento del centro escolar.
Cambios significativos que introduce la LOMCE en los órganos del centro escolar
Al Consejo Escolar la LOMCE (ley que va a ser votada hoy en el congreso de los diputados) le quita gran parte del poder decisional sobre la admisión de alumnos (en privados y concertados), la obtención de recursos para actividades culturales y complementarias, la colaboración con fines culturales y educativos con administraciones locales y con otros centros. Es definido como un órgano consultivo y no como un órgano de gobierno colegiado.
El director aunque siguen siendo las administraciones educativas (en el caso de los centros públicos) los que convocan concurso de méritos, ahora van a establecer el procedimiento de selección además de los criterios de valoración de los méritos y del proyecto de dirección presentado por el candidato. Se definen mucho más explícitamente los miembros que formarán parte de la comisión para la elección del profesor, que ya no sólo tendrá en cuenta los méritos académicos del candidato si no que se basará en ellos y tendrá especial valor el haber formado parte de un equipo directivo previamente. Es decir que las administraciones van a terne un mayor control en el proceso de selección del director de los centros escolares.
Como en todo, la LOMCE lo que intenta es tener un mayor control desde el ministerio de educación.
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